Portal DPRIS > Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario
> Antecedentes
Antecedentes
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), es
un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, creado mediante Decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 05 de julio de 2001, con
atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios, en términos
de la Ley General de Salud (LGS) y demás disposiciones aplicables.
De acuerdo con el artículo 17 bis, fracción II, de la Ley General de Salud, a este
órgano le compete proponer e instrumentar la política nacional de protección
contra riesgos sanitarios. Debido a las condiciones geográficas, sociales y
económicas del país, y a la creciente necesidad de dar agilidad y eficiencia en el
desarrollo de las actividades en la materia a nivel nacional, resultó necesaria la
participación de los gobiernos estatales con la COFEPRIS para el ejercicio de
facultades de control y fomento sanitarios, respecto a las atribuciones de los
diferentes órdenes de gobierno.
Es por lo anterior que con el objeto de incrementar la capacidad de atención y
control de los riesgos sanitarios en todo el territorio nacional, en el año 2002 la
Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, inició la suscripción de Acuerdos de
Coordinación para el Ejercicio de Facultades en Materia de Control y Fomento
Sanitarios (ACF) con los gobiernos de las entidades federativas, en los que se
establecieron compromisos y responsabilidades para el ejercicio de facultades de
vigilancia y verificación sanitaria, emisión de autorizaciones sanitarias, generación
y envío de información, análisis de riesgos y atención de emergencias.
En este sentido, la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, en el año 2003
estableció en el Reglamento de este órgano desconcentrado, el Sistema Federal
Sanitario (SFS) con el propósito de conducir la política nacional de protección
contra riesgos sanitarios de manera coordinada con los gobiernos de las entidades
federativas, a través de las Áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios
(APCRS).
Derivado del diseño de esta política pública, resulta fundamental que las acciones
de vigilancia, verificación y autorización sanitaria sean ejecutadas por parte de las
entidades federativas en apego a la normatividad y procedimientos establecidos.
Las APCRS, por la relación que guardan con los sectores regulados y población
en general, son instancias públicas vulnerables a actos que atentan contra el
debido ejercicio del servicio público (corrupción); lo que compromete los
efectos de las acciones de protección contra riesgos sanitarios.
La corrupción como problema público
La corrupción implica una apropiación, abuso, violación y/o mal uso del poder
público que ejercen las personas servidoras públicas o representantes de
elección popular, con la finalidad de obtener beneficios particulares. Esta
práctica supone dos partes: la persona servidora pública que abusa de su cargo y
la que promete o entrega cualquier beneficio para ser favorecida.
En el contexto de la administración pública, la corrupción se concibe como el
abuso de un cargo público para obtener una ganancia privada, práctica que
constituye una forma específica de dominación que tiene que ver con un
diferencial de poder estructural.
En general, el fenómeno de la corrupción en el sector público puede ser entendido
como el beneficio indebido que obtiene un servidor público, a costa del bienestar
colectivo o individual por acción u omisión en la realización de su trabajo, el cual
puede ser resultado de las deficiencias en los procesos y en la aplicación de las
normas, la falta de una cultura ética y organizacional, y la prevalencia de un
inadecuado sistema de selección y profesionalización del personal.
La corrupción se define como un problema público debido a que representa la
desviación de los objetivos del aparato estatal hacia los particulares, lo que genera
un impacto negativo en distintos ámbitos de la sociedad reflejados en la
desconfianza hacia las instituciones públicas, la limitación en el ejercicio de
derechos por parte de la ciudadanía, la desigualdad social y la baja calidad y
acceso limitado a los servicios públicos.
De acuerdo con el alcance y naturaleza del punto de contacto, las interacciones
que se originan pueden materializar diferentes formas de corrupción (como el
soborno, cohecho, colusión, actuación bajo conflicto de interés, tráfico de
influencias, coerción). En el ámbito de la política nacional de protección contra
riesgos sanitarios, los efectos de las acciones de regulación, vigilancia y
fomento sanitarios pueden ser limitados por prácticas de corrupción. Lo
anterior refiere a que, la falta de integridad y ética en el servicio público, vulnera el
debido funcionamiento del SFS.
En cuanto a las causas de este fenómeno, éstas
pueden agruparse en dos dimensiones: aquellas de carácter subjetivo y las de
carácter objetivo o externas al sujeto 1.
Respecto a las causas subjetivas, se pueden enumerar las siguientes:
- Sensación de impunidad, que se refiere a la baja percepción de riesgo por parte de los participantes del acto de corrupción de ser descubiertos y/o sancionados.
- Fortalecimiento moral de actitudes individualistas y pérdida de confianza en la función pública, es decir, los intereses personales se convierten en preponderantes
por encima del sentido de interés público y de la Administración como salvaguarda de los derechos e intereses de los ciudadanos.
- Imitación o aprendizaje, referente al comportamiento de un individuo motivado por el aprendizaje observacional en un ambiente deshonesto.
Respecto a las causas objetivas, se encuentran:
- Debilidad de los marcos legales, en este sentido, las malas prácticas tienden a desarrollarse en mayor número y con mayor facilidad en aquellos sistemas legislativos que regulan de manera laxa e indefinida los actos de corrupción.
- Debilidad de los procedimientos y mecanismos institucionales, relativa a la falta de procedimientos fuertes y completos, basados en los principios de publicidad y transparencia que permitan asegurar que la normatividad anticorrupción sea respetada, así como la deficiencia en los mecanismos institucionales de control, monitoreo y buena gobernanza.
- Politización del sector público, lo que merma la capacidad objetiva de los funcionarios para tomar decisiones e impulsa una mayor exposición a conflictos de
interés.
- Monopolio en la toma de decisiones y la discrecionalidad, esto es, una concentración de poder envuelve una alta discrecionalidad en las decisiones y un
aumento en el poder de manipulación de los procedimientos
- Oscuridad de los canales de comunicación entre sector público y privado, alude a que un mecanismo difuso, poco transparente y lento de intercambio de información
puede generar tramas corruptas si no se realiza con las suficientes garantías jurídicas.
Asimismo, al interior de las instituciones públicas, suelen normalizarse y
socializarse las prácticas de corrupción, llegando a ser toleradas por los integrantes
de las organizaciones y a formar parte de las reglas informales de su operación.
La corrupción en datos
Una de las áreas susceptibles a la complicidad entre el sector público y privado
es la regulación. En el caso de México, de acuerdo a la Encuesta Nacional de
Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental en Empresas 2016 y 2020
(ENCRIGE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). El sector
privado percibe que los actos de corrupción se producen principalmente para
agilizar trámites, evitar multas o sanciones, evitar la clausura de un
establecimiento, pagar menos impuestos, obtener licencias o permisos y evitar
inspecciones (ver Gráfica 1).
Estos resultados derivan, en parte, de que las personas usuarias enfrentan rigidez y
poca claridad de los requisitos, tiempos de atención y cuotas de los trámites que
realizan, quedando expuestas al abuso del poder e ineficiencia gubernamental. Lo
anterior, se refleja en que para el año 2019, el costo total a consecuencia de la corrupción
en la realización de pagos, trámites o solicitudes de servicios públicos y otros
contactos fue de 12,778 millones de pesos, equivalente a 3,822 pesos promedio por
persona afectada (INEGI, 2019). La COFEPRIS en el año 2019, a través de la
Coordinación General del Sistema Federal Sanitario (CGSFS) en el ámbito de su
competencia, identificó elementos esenciales para la debida operación de las 32 APCRS.
Derivado de estos resultados, la CGSFS, con la atribución de integrar y sistematizar
los objetivos del SFS, emitió recomendaciones a las APCRS para promover la
implementación de dichos elementos a nivel nacional, teniendo como resultado un incremento de los mismos en el año 2020, como se puede observar en la Tabla 1.
No obstante del avance en estos elementos, se considera necesario llevar a cabo
acciones específicas que permitan una mayor integridad en la ejecución de los
procesos de operación y autorización sanitaria con la finalidad de prevenir posibles
actos contrarios a la ética pública.
De esta manera, la COFEPRIS aborda la prevención del fenómeno de la corrupción
en las APCRS por medio de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema
Federal Sanitario, a fin de fortalecer el correcto y adecuado cumplimiento del
servicio público con acciones puntuales que contribuyan a la eficacia y eficiencia
de las acciones de regulación, control y fomento sanitario a nivel nacional.
Tabla 1. Número de APCRS con elementos implementados, 2019-2020.
| Elementos |
Carta de ausencia de conflicto de interés |
Código de ética |
Buzón de quejas |
Emisión de órdenes de verificación a través de SIIPRIS Módulo Vigilancia |
Emisión de credenciales de verificadores a través de SIIPRIS Módulo Vigilancia |
Emisión de avisos y licencias a través de SIIPRIS Módulo Trámites |
Manejo de papel de seguridad |
| Total de APCRS (año) |
2019
| 3 |
15 |
16 |
2 |
3 |
10 |
10 |
| 2020
| 14 |
31 |
25 |
16 |
19 |
21 |
15 |
Fuente: Diagnóstico situacional de las Áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios y del Saneamiento
_____
-
Miranda, Javier (2018). Causas y efectos de la corrupción en las sociedades
democráticas. Revista de la Escuela Jacobea de Posgrado. 14, 1-26. Disponible
en https://www.jacobea.edu.mx/revista/numeros/numero14/1.Javier-MiranzoDi%CC%81az-Causas-Efectos-Corrupcion-Sociedades-Democraticas.pdf
Material elaborado en cumplimiento a la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario.
____________________________